Los Estatutos se pueden definir como las normas que regulan las relaciones de vecindad de la comunidad de propietarios. A ellos se refiere el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal cuando nos dice que el título constitutivo de la propiedad por pisos o locales puede contener, además: El artículo no lo recoge de manera expresa pero son los Estatutos los que deben regular la posibilidad de prohibir determinadas actividades.
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EL TSJ DE CANARIAS RECONOCE EL DERECHO DE UNA TRABAJADORA SOCIAL A RECIBIR EL COMPLEMENTO DE PELIGROSIDAD POR RIESGOS DE VIOLENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha fallado parcialmente a favor de una trabajadora social del Ayuntamiento de Arona, reconociendo su derecho a recibir el plus de peligrosidad correspondiente al periodo de febrero de 2021 a agosto de 2022. La trabajadora, interina, desempeñaba su labor en un centro cívico dos días a la semana. El resto del tiempo realizaba visitas para elaborar un censo de personas en situación de vulnerabilidad, como es el caso de personas con discapacidad psíquica, alcohólicos y drogodependientes que viven en zonas apartadas, chabolas o edificios abandonados. El centro cívicocarecía de sistemas de seguridad, como ‘botón del pánico’ o de vigilancia privada y solo contaba con un…
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Los padres no pueden prohibir a los abuelos relacionarse con sus nietos salvo clara justificación, según el Tribunal Supremo
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado que es ilegal que los padres nieguen a los abuelos la posibilidad de relacionarse con sus nietos, salvo que exista una justa causa que lo justifique, por considerar que los abuelos «desempeñan un papel fundamental en la transmisión de valores, la estabilidad emocional y la cohesión familiar». En el supuesto enjuiciado existía un procedimiento penal dirigido contra el padre de los menores y una exploración realizada a los mismos de la que resultaba su voluntad contraria a mantener contacto con los abuelos paternos. En este contexto, el Tribunal Supremo ha recordado que el artículo 160.2 del Código Civil establece que…
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Pensión de viudedad en el caso de divorcio y convivencia con nueva pareja de hecho
El Tribunal Supremo analiza en este caso si una mujer divorciada tiene derecho a recibirpensión de viudedadal haber formalizado posteriormente su unión como pareja de hecho con otro hombre, pero sin haber convivido durante cinco años completos; habiendo negado la Seguridad Social tal derecho argumentando que estaba inscrita como pareja de hecho. Para resolver la cuestión suscitada el Tribunal aclara que para que una pareja de hecho tenga reconocimiento legal y dé derecho a la pensión de viudedad, no basta con inscribirla en el registro oficial, sino también que haya conviviendo al menos 5 años ininterrumpidos. En este caso, dado que la convivencia duró menos de ese período, la pareja no fue…