La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado que es ilegal que los padres nieguen a los abuelos la posibilidad de relacionarse con sus nietos, salvo que exista una justa causa que lo justifique, por considerar que los abuelos «desempeñan un papel fundamental en la transmisión de valores, la estabilidad emocional y la cohesión familiar». En el supuesto enjuiciado existía un procedimiento penal dirigido contra el padre de los menores y una exploración realizada a los mismos de la que resultaba su voluntad contraria a mantener contacto con los abuelos paternos. En este contexto, el Tribunal Supremo ha recordado que el artículo 160.2 del Código Civil establece que…
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Pensión de viudedad en el caso de divorcio y convivencia con nueva pareja de hecho
El Tribunal Supremo analiza en este caso si una mujer divorciada tiene derecho a recibirpensión de viudedadal haber formalizado posteriormente su unión como pareja de hecho con otro hombre, pero sin haber convivido durante cinco años completos; habiendo negado la Seguridad Social tal derecho argumentando que estaba inscrita como pareja de hecho. Para resolver la cuestión suscitada el Tribunal aclara que para que una pareja de hecho tenga reconocimiento legal y dé derecho a la pensión de viudedad, no basta con inscribirla en el registro oficial, sino también que haya conviviendo al menos 5 años ininterrumpidos. En este caso, dado que la convivencia duró menos de ese período, la pareja no fue…
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DELITOS DE ODIO EN EL CONTEXTO DEL DEPORTE INFANTIL
La Audiencia Provincial de Salamanca ha reabierto la causa contra un hombre investigado por proferir insultos racistas a un niño, jugador de un equipo de fútbol durante un encuentro de alevines; ordenan tomarle declaración en calidad de investigado porque entienden que las expresiones «puto negro» y «puto moro» -que profirió el adulto en presencia de padres y espectadores y que fueron recogidas en el acta arbitral- exceden los límites de la libertad de expresión y podrían ser constitutivas de un delito de odio. Consideran que «no estamos ante la manifestación de una opinión o de una aseveración incitadora a actuar contra un grupo de personas, sino ante una acción de violencia…
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El delito de odio según el Tribunal Supremo
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 6 meses de prisión y multa de 1.080 euros, por delito contra la dignidad de las personas, a dos hombres que increparon varias veces a otro en un bar de Madrid diciéndole ‘maricón’, ‘maricón de mierda’ y ‘te estabas pajeando con tu amigo’, cuando la víctima estaba saliendo de los baños del establecimiento. También son condenados a 3 años y 6 meses de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, y a pagar 500 euros de indemnización a su víctima. Los hechos probados señalan que el 15 de enero de 2021, cuando los dos acusados se encontraban en un…