Reseñas de jurisprudencia

EL TSJ DE CANARIAS RECONOCE EL DERECHO DE UNA TRABAJADORA SOCIAL A RECIBIR EL COMPLEMENTO DE PELIGROSIDAD POR RIESGOS DE VIOLENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha fallado parcialmente a favor de una trabajadora social del Ayuntamiento de Arona, reconociendo su derecho a recibir el plus de peligrosidad correspondiente al periodo de febrero de 2021 a agosto de 2022.

La trabajadora, interina, desempeñaba su labor en un centro cívico dos días a la semana. El resto del tiempo realizaba visitas para elaborar un censo de personas en situación de vulnerabilidad, como es el caso de personas con discapacidad psíquica, alcohólicos y drogodependientes que viven en zonas apartadas, chabolas o edificios abandonados.

El centro cívicocarecía de sistemas de seguridad, como ‘botón del pánico’ o de vigilancia privada y solo contaba con un bedel en la planta baja que se encargaba de controlar la entrada de usuarios. De hecho en varias ocasiones fue necesario solicitar la intervención de la policía local debido a comportamientos violentos de los usuarios del centro o para acompañar a la trabajadora durante sus visitas a lugares aislados.

La trabajadora reclamaba asimismo el reconocimiento del plus de penosidad.

El Tribunal reconoce que el convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Arona establece los complementos por peligrosidad y penosidad según las características específicas de los puestos que impliquen riesgos fuera de lo común. Según el fallo, los complementos están vinculados directamente al puesto de trabajo y se perciben solo durante el tiempo en que se ocupa dicho puesto.

En el caso que nos ocupa “A la vista de los datos analizados, la Sala ha de concluir que las labores que como trabajadora social municipal lleva a cabo la actora (…) cumplen sobradamente los requisitos exigidos para percibir el plus de peligrosidad en la medida que existe el riesgo manifiesto (ya sea alto, moderado o tolerable) de ser objeto de agresiones verbales y físicas cuando lleva a cabo sus cometidos tanto en el centro municipal como durante las visitas externas y a domicilios que ha de llevar a cabo, como establece la evaluación del puesto de trabajo y el informe de prevención de riesgos laborales”.

Sin embargo, la trabajadora había solicitado que se le reconociera un plus de penosidad que no ha sido estimado por entender que noestá expuesta a condiciones de penosidad, ya que no requiere realizar esfuerzos físicos constantes ni trabaja en circunstancias excepcionales que impliquen ambientes insalubres o especialmente difíciles, como ruidos o suciedad.

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